¿Cuánto cobra un ajustador público en Florida?

Por María Adriani, Public Adjuster, Lic. W568192 ·

Cobro el 20% de lo que el seguro te pague gracias a mi trabajo, o máximo 10% el primer año después de una emergencia declarada. Todo queda por escrito. Esta guía la escribe María Adriani, ajustadora pública con licencia W568192, y se verificó en el estatuto 626.854 de Florida el 5 de noviembre de 2026. No promete ningún resultado: lo que se recupere depende del daño y de la póliza.

En resumen

  • Florida limita los honorarios del ajustador público al 20 % de lo que paga la aseguradora, o 10 % en reclamos de un estado de emergencia declarado (estatuto 626.854).
  • Nada sobre el deducible, nada sobre lo que el seguro pagó antes del contrato, y como tope 1 % si el seguro paga el límite de la póliza en 14 días.
  • Puedes cancelar dentro de 10 días de firmar, 30 días desde el daño en emergencia declarada, o si no recibes estimado escrito en 60 días.

Antes de firmar con un ajustador público, paso a paso

  1. Verifica la licencia

    Busca al ajustador y a la firma en licenseesearch.fldfs.com, el buscador de licencias del Departamento de Servicios Financieros. La mía es W568192; la de Easy Claim Corp es G094867.

  2. Pregunta el porcentaje

    Y si tu reclamo viene de una emergencia declarada, porque entonces el tope es 10 %.

  3. Confirma sobre qué no se cobra

    Nada sobre el deducible y nada sobre lo que el seguro pagó o se comprometió a pagar antes del contrato.

  4. Lee el aviso de cancelación

    Tiene que estar en negrita justo antes de tu firma, con las reglas de 10, 30 y 60 días.

  5. Guarda tu copia

    Del contrato firmado y del formulario de divulgación. La aseguradora recibe copia dentro de 7 días (estatuto 626.8796).

  6. ¿Cambiaste de idea? Cancela por escrito

    Dentro de 10 días de firmar, por correo certificado a la dirección del contrato.

Cómo se calculan los honorarios

Ley de Florida

Un ajustador público en Florida cobra un porcentaje de los pagos del reclamo que la aseguradora te hace después de firmar el contrato. No hay anticipo ni cobro por hora. Según el estatuto 626.854 de Florida, el porcentaje se aplica a los pagos o acuerdos pagados al asegurado, sin contar honorarios ni costos de abogado, y el deducible nunca forma parte de la base.

Desde el 1 de julio de 2023 la ley también dice que un ajustador público no puede cobrar honorarios sobre pagos que te hagan a ti si no hay un contrato escrito contigo o con tu representante legal. Un acuerdo verbal no basta, y tampoco un contrato firmado por alguien que no es el asegurado nombrado en la póliza.

Los topes que fija la ley de Florida

  • 20 por ciento de los pagos del reclamo cuando el reclamo no viene de un estado de emergencia declarado.
  • 10 por ciento en reclamos basados en eventos que son objeto de un estado de emergencia declarado por el Gobernador, para reclamos hechos durante el año siguiente a la declaración. Pasado ese año aplica el tope de 20 por ciento.
  • 1 por ciento en cualquier parte de la cobertura donde la aseguradora paga, o acepta por escrito pagar, el límite completo de la póliza dentro de 14 días después de la fecha del daño o 10 días después de firmar el contrato, lo que sea más tarde.
  • 0 por ciento sobre cualquier pago que la aseguradora hizo, o aceptó por escrito hacer, antes de la fecha del contrato.
Ley de Florida

En un reclamo reabierto o suplementario el honorario solo puede basarse en el dinero nuevo obtenido por el trabajo del ajustador público después del contrato, con un tope de 20 por ciento de ese pago suplementario. El deducible queda excluido, los gastos de vivienda adicional necesitan un acuerdo escrito aparte, y la tarifa no puede subir solo porque el reclamo termine en litigio (estatuto 626.854 de Florida).

Qué cambia en un estado de emergencia

Ley de Florida

Después de un huracán u otro evento por el que el Gobernador declara estado de emergencia, el tope baja a 10 por ciento para reclamos hechos durante el año siguiente. La ventana para cancelar también se alarga: 30 días después de la fecha del daño o 10 días después de firmar, lo que sea más largo. Las dos reglas están en el estatuto 626.854 de Florida. Revisa que la tarifa escrita en el contrato corresponda a la situación de tu reclamo.

Qué debe decir el contrato por escrito

  • Estar por escrito, con el honorario expresado como porcentaje y los servicios que cubre.
  • Llevar el aviso de cancelación en negrita de al menos 18 puntos justo antes de tu firma, con las reglas de 10, 30 y 60 días.
  • No comprometerte a pagar servicios de terceros (ingenieros, pruebas de moho, contratistas) a menos que los aceptes por escrito después de firmar el contrato de ajuste. Si el ajustador público contrata a un tercero sin tu consentimiento escrito, lo paga el ajustador público.
  • Ir seguido, dentro de 60 días, de un estimado escrito y detallado del daño (equipos, materiales, mano de obra y suministros) que tú, la aseguradora y el Departamento de Servicios Financieros pueden pedir.

Antes de firmar, revisa también la licencia. Cada ajustador público y cada firma de ajuste en Florida tiene un número emitido por el Departamento de Servicios Financieros, y puedes verificarlo en el buscador de licencias del Departamento. Los números de Easy Claim Corp están al pie de esta página.

Cómo cancelar dentro del plazo

Ley de Florida

El estatuto 626.854 de Florida te permite cancelar el contrato de un ajustador público sin penalidad ni obligación dentro de 10 días después de la fecha de firma. Si el contrato se basó en eventos bajo un estado de emergencia declarado, la ventana es de 30 días después de la fecha del daño o 10 días después de firmar, lo que sea más largo. También puedes cancelar si el ajustador público no les entrega a ti y a tu aseguradora un estimado escrito dentro de 60 días del contrato, salvo que la demora se deba a factores fuera de su control; ese derecho termina el día en que llega el estimado.

El aviso de cancelación tiene que ser por escrito y enviarse por correo certificado con acuse de recibo, u otra forma de envío que deje prueba, a la dirección indicada en el contrato. Guarda el comprobante.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar algo antes de empezar?

Ni anticipo ni adelanto. El honorario es un porcentaje de lo que paga la aseguradora después de firmar el contrato, y la ley de Florida prohíbe cobrarlo sin contrato escrito. Un ajustador público tampoco puede ofrecerte un préstamo ni un adelanto a cuenta del reclamo.

¿Se cobra sobre lo que el seguro ya pagó?

No. El estatuto 626.854 de Florida fija el honorario en 0 por ciento sobre los pagos que la aseguradora hizo o se comprometió por escrito a hacer antes de la fecha del contrato. En un reclamo reabierto o suplementario el honorario aplica solo al dinero adicional obtenido después del contrato.

¿Puedo cancelar después de firmar?

Sí, sin penalidad, dentro de 10 días de firmar, o dentro de 30 días de la fecha del daño cuando el reclamo viene de un estado de emergencia declarado, lo que sea más largo. Envía la cancelación por escrito por correo certificado a la dirección del contrato.

¿Necesitas ayuda con un reclamo así?

Documento el daño y presento el reclamo a tu aseguradora. Cobro el 20% de lo que el seguro te pague gracias a mi trabajo, o máximo 10% el primer año después de una emergencia declarada. Todo queda por escrito.

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